REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, dieciséis de enero de dos mil ocho
197º y 148º

ASUNTO : BH06-X-2007-000244

Vista la inhibición planteada en fecha 13 de diciembre de 2007, por la Abogada SANTA SUSANA FIGUERA CABELLO, en su condición de Juez Suplente Especial del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio Nº. 01, en el procedimiento por INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA Y REVISIÓN, seguido por la Abogada en ejercicio NILDA GRECIANO MARTÍNEZ, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 82.314, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana JANET DEL VALLE TERÁN PALENCIA, contra el ciudadano LORENZO RAFAEL MANRIQUE PANTOJA, a favor de su hijo, el niño LORENZO DAVID MANRIQUE TERÁN; fundamentada en la causal 18 º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, “en virtud de tener la suscrita enemistad manifiesta con la profesional del derecho NILDA GLECIANO MARTÍNEZ".


Este Tribunal Superior, conforme a lo establecido en el artículo 88 ejusdem, declara CON LUGAR la inhibición planteada por estar fundamentada en causal legal. En consecuencia, remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de la causa, a los fines legales consiguientes. Así se decide administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
El Juez Superior Temporal,

Abg. Rafael Simón Rincón Apalmo.
El Secretario Temporal,


Abg. Wilmer Rafael Tovar Saballo.
En esta misma fecha, siendo las 2:40 p.m., se dictó y publicó la sentencia anterior. Se remiten las actuaciones al Tribunal de origen, constante de diecinueve (19) folios útiles, junto con oficio Nº.0410-01. Conste.
El Secretario Temporal,


Abg. Wilmer Rafael Tovar Saballo.