REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 14 de Enero de 2008
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL: BP01-P-2007-003244
ASUNTO: BP01-P-2007-003244
Visto el escrito presentado por el ciudadano JESUS ENRIQUE ROSAS JIMENEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 10.197.132 y de este domicilio, debidamente asistido por la Dra. ADRIANA MERCEDES REYES VELASQUEZ, donde solicita la ENTREGA MATERIAL del vehículo cuyas características son las siguientes: Clase: AUTOMOVIL, Tipo: SEDAN, Marca: FORD, Modelo: FIESTA 1.6, Año: 2002, Serial de Carrocerías: 8YPBP01C328A22507, Serial de Motor: 2A22507, Color: AZUL, Placas: BBA-90H, Uso: PARTICULAR.
Este Tribunal Primero de Control antes de decidir, observa:
PRIMERO: Corre inserto en autos Certificado de Registro de Vehículo emanado del Servicio Autónomo de Transporte y Transito Terrestre, signado con el N° 22196377, a nombre de JESUS ENRIQUE ROSAS JIMENEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 10.197.132; del vehículo cuyas características son las siguientes: Clase: AUTOMOVIL, Tipo: SEDAN, Marca: FORD, Modelo: FIESTA 1.6, Año: 2002, Serial de Carrocerías: 8YPBP01C328A22507, Serial de Motor: 2A22507, Color: AZUL, Placas: BBA-90H, Uso: PARTICULAR; que una vez practicada la Experticia o Estudio Técnico por el Experto ESPINOZA JHOAN, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sobre la Autenticidad del mencionado documento, resulto ser AUTENTICO.
SEGUNDO: Resultado de la Experticia de Reconocimiento Legal suscrita por el experto WILLIAMS ROMERO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas de las Sub-Delegación de Barcelona, practicada al vehículo cuyas características son las siguientes: cuyas características son las siguientes: Clase: AUTOMOVIL, Tipo: SEDAN, Marca: FORD, Modelo: FIESTA 1.6, Año: 2002, Serial de Carrocerías: 8YPBP01C328A22507, Serial de Motor: 2A22507, Color: AZUL, Placas: BBA-90H, Uso: PARTICULAR; mediante la cual concluye que: 1.- El Serial de Carrocerías se encuentra FALSO, pero una vez que le fue aplicado el químico generador de caracteres borrados sobre metal (FRY), logrando obtener las siglas y dígitos 8YPBP01C328A22507; 2.- La Chapa Body se determina FALSA; 3.- El Serial de Motor se encuentra ORIGINAL; y 4.- La unidad en estudio se encuentra en regular estado de uso y conservación.
En consecuencia, este Órgano Jurisdiccional observa que el vehículo descrito con anterioridad no presenta irregularidades en los seriales, y a los fines de no vulnerar dicho Derecho Constitucional, se acuerda la entrega total al ciudadano JESUS ENRIQUE ROSAS JIMENEZ, del vehículo cuyas características son las siguientes: Clase: AUTOMOVIL, Tipo: SEDAN, Marca: FORD, Modelo: FIESTA 1.6, Año: 2002, Serial de Carrocerías: 8YPBP01C328A22507, Serial de Motor: 2A22507, Color: AZUL, Placas: BBA-90H, Uso: PARTICULAR. ASI SE DECIDE.-
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara Con Lugar la solicitud presentada por el ciudadano JESUS ENRIQUE ROSAS JIMENEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 10.197.132 y de este domicilio; en consecuencia, se acuerda la ENTREGA MATERIAL DEL VEHÍCULO, Clase: AUTOMOVIL, Tipo: SEDAN, Marca: FORD, Modelo: FIESTA 1.6, Año: 2002, Serial de Carrocerías: 8YPBP01C328A22507, Serial de Motor: 2A22507, Color: AZUL, Placas: BBA-90H, Uso: PARTICULAR; de conformidad con el Artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Remítase oficio al Encargado del Estacionamiento donde se encuentra el vehículo, a los fines que le sea entregado al solicitante antes identificado. TERCERO: Devuélvanse los documentos originales al solicitante, debiéndose certificar por secretaría las copias respectivas y corregir la foliatura del expediente. Regístrese. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
EL JUEZ DE CONTROL N° 01
Dr. SALIM ABOUD NASSER
LA SECRETARIA
Abg. SUYIN LOPEZ DE MORILLO