REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barcelona
Barcelona, 14 de Enero de 2008
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL: BP01-P-1999-001845
ASUNTO: BP01-P-1999-001845
Visto el escrito presentado por el ciudadano ALEXIS JOSE ROSARIO, titular de la Cedula de Identidad N° 12.915.475, mediante el cual solicita sea realizada notificación al Director del Ministerio de Interior y Justicia, al Presidente de la Onidex, al Jefe del Departamento de Inteligencia del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, tal como lo establece el oficio de Prescripción de la Pena, a fin de que se deje sin efecto la condena y sean borradas de las pantallas respectivas cualquier solicitud de captura que pueda pesar sobre el respecto a la causa Nº 173.570, este Tribunal revisadas las actas que la conforman en cumplimiento de la tutela judicial efectiva y una justicia expedita, a los fines de decidir observa:
Se desprende de autos, que en fecha 15 de Junio de 1999, el extinto Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial de este Estado, dictó decisión mediante la cual condenó a los ciudadanos: ALEXIS JOSE ROSARIO y ANDRIU JOSE VILLAEL, a cumplir la pena de DOS AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, decisión esta que fue ejecutada por el Juzgado Segundo de Ejecución, en fecha 06 de Mayo de 2.004, decretándose la Prescripción de la Pena a ambos condenados y remitiéndose la causa al Archivo Judicial en la misma fecha de este estado, a los fines de su archivo y cuido.
En tal virtud, observa este Tribunal que se hace procedente la solicitud formulada por el ciudadano ALEXIS JOSE ROSARIO, quien aparece como procesado de autos.
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA : ORDENAR a los Organismos competentes se sirvan dejar sin efecto las posibles solicitudes de captura o reseñas, que puedan pesar sobre el ciudadano ALEXIS JOSE ROSARIO, titular de la Cedula de Identidad N° 12.915.475, con respecto a la presente causa, (N° E-173-570 nomenclatura antiguo CTPJ), al Ministerio del Interior y Justicia, División de Antecedentes Penales y a la Oficina de Identificación y Extranjería, en virtud de la decisión proferida por el extinto Juzgado Quinto Penal de este Circuito Judicial Penal.
Líbrense las correspondientes boletas de Notificación. Asimismo se acuerda librar oficios, a Director del Departamento de Asesoria Legal y al Director de SIPOL del Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas Penales, a los fines de que se sirvan dejar sin efecto las posibles solicitudes de captura o reseñas, que puedan pesar sobre el referido ciudadano, con respecto a la presente causa, (N° E173-570 nomenclatura extinta PTJ), al Ministerio del Interior y Justicia, División de Antecedentes Penales y a la Oficina de Identificación y Extranjería.
Devuélvase la presente causa al Archivo Judicial, a los fines de su cuido y resguardo. Cúmplase.
EL JUEZ DE EJECUCION N° 02,
DRA. BOLIVIA ALVAREZ MELENDEZ
LA SECRETARIA,
ABG MARY MARTINEZ