REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barcelona
Barcelona, 14 de Enero de 2008
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL: BP01-P-2005-000792
ASUNTO: BP01-P-2005-000792
Revisada las actas que conforman el presente asunto, seguido en contra de la ciudadana MIRIAN PATIÑO LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 11.900.022, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana DIOMERVIS DEL CARMEN GONZALEZ MILLAN; este Juzgado de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui para decidir observa:
En fecha 05/12/2.007, el Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Control N° 04, DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de la ciudadana MIRIAN PATIÑO LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 11.900.022, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana DIOMERVIS DEL CARMEN GONZALEZ MILLAN; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal en vigencia, en concordancia con el articulo 318 ordinal 3°, concatenado con el artículo 48 ordinal 7° ejusdem.
Ahora bien, Definitivamente Firme como ha quedado la Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva dictada por el referido Tribunal de Instancia, éste Juzgado de Ejecución N° 02 ejecuta el Sobreseimiento de la Causa y así se decide.
DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución N° 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida de la ciudadana MIRIAN PATIÑO LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 11.900.022, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana DIOMERVIS DEL CARMEN GONZALEZ MILLAN. Notifíquese al Fiscal de Ejecución y Sentencia del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial. Notifíquese al mencionado penado y a su Defensa. Remítanse oficios al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y de Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores, notificando la presente decisión. Igualmente, remítase la causa, en forma original, al Archivo Judicial de este Circuito Judicial Penal, a los fines de su archivo y cuido. Regístrese.
LA JUEZ DE EJECUCION N° 02
DRA. BOLIVIA ALVAREZ MELENDEZ.
LA SECRETARIA,
Abg. MARY MARTINEZ.