REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de enero de dos mil ocho
197º y 148º

ASUNTO : BP02-F-2007-000039


Visto el contenido de la diligencia de fecha 15 de Enero de 2008, suscrita por la abogada JENNY RUIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 110.473, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, mediante la cual desiste de la presente causa y solicita se le devuelva el documento original que corre inserto en el presente expediente, el Tribunal HOMOLOGA el desistimiento hecho por la referida abogada en los mismos términos y condiciones en que fue suscrito y de conformidad con la Ley. Se ordena la devolución del documento original solicitado, previa su certificación en autos, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.
EL JUEZ PROV.,


ABG. JESÚS SALVADOR GUTIERREZ DIAZ.
LA SECRETARIA,


ABG. MIRLA MATA ROJAS.
NOTA: Se solicitan copias fotostáticas para proveer.- Conste,
LA SECRETARIA,


ABG. MIRLA MATA ROJAS.