REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de enero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO: BP02-M-2004-000343
Visto el desistimiento presentado por el abogado Pedro L. Pérez. B., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38942, con su carácter de apoderado judicial del Banco Mercantil, C.A S.A.C.A., (Banco Universal); el Tribunal lo HOMOLOGA en los mismos términos y condiciones por él suscrito, en consecuencia, se suspende la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en la presente causa, en fecha veintiséis (26) de octubre del año 2004, para lo cual se ordena oficiar al Registro Subalterno del Municipio Sucre del Estado Sucre; se declara terminado el presente proceso y se ordena el archivo del expediente.- Líbrese oficio.-
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. JESÚS S. GUTIERREZ D.
LA SECRETARIA,
Abg. MIRLA MATA ROJAS
En esta misma fecha se libró oficio N° 073-08, cumpliendo con lo ordenado.- Conste,
LA SECRETARIA
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