REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, veintitrés (23) de enero de dos mil ocho.
197º y 148º
ASUNTO: BP02-V-2007-000891
Vista la diligencia de fecha 15 de enero de 2.008, suscrita por el Abogado Luis Beltrán Calderón, en su carácter de autos, mediante la cual Desiste del presente juicio de Cumplimiento de Contrato, incoado por el ciudadano Joao Batista Regalado Ferreira, en contra de la Sucesión Da Arrabida, el Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, homologa dicho Desistimiento, en los mismos términos y condiciones en que fue suscrito y conforme a la Ley; asimismo, se ordena expedir copias certificadas solicitadas con la inserción de la diligencia que lo solicita y del presente auto, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil; Así como la devolución de los documentos originales solicitados, previa su certificación en autos.- Se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del mismo.- Expídanse copias y revuélvanse originales.-
El Juez Provisorio,
Abg. Jesús Salvador Gutiérrez Díaz La Secretaria Acc.,
Abg. Gloriana Aguilera.
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