REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, ocho de enero de dos mil ocho
197º y 148º

ASUNTO : BP02-F-2006-000152


En horas de despacho del día de hoy, ocho (08) de enero del dos mil ocho (2.008), siendo hora y fecha fijado para que tenga lugar el acto de contestación de la demanda en la presente causa de divorcio, intentada por el ciudadano LUIS ALARCON, en contra de la ciudadana MARIA MAGO, se abre el acto previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal por parte del Alguacil.- Seguidamente el Tribunal deja constancia que ninguna de las partes intervinientes en el presente proceso compareció a este acto, en tal sentido se declara extinguido el presente proceso de Divorcio de conformidad con lo establecido en el articulo 758 del Código de Procedimiento Civil.- Es todo, termino, se leyó y conformes firman.-
El Juez Provisorio,



Abg. Jesús Salvador Gutiérrez Díaz

La Secretaria,

Abg. Mirla Mata Rojas