REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de enero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO : BP02-S-2008-005665


Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, presentada por la ciudadana: CARMEN CLARISA GOMEZ DE ROMERO viuda, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 1.157.663, debidamente asistida en este acto por la Dra. RORAIMA ROMERO, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 29.896, y visto el justificativo evacuado por ante este Tribunal con las declaraciones de los ciudadanos: XIOMARA MARCELA BRAVO RONDON y CESAR AUGUSTO TORREALBA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 8.276.967 y 4.213.540, respectivamente, quienes manifestaron que conocen en vida suficientemente de vista, trato y comunicación al fallecido ciudadano: WILMER EDGARDO ROMERO GOMEZ; e igualmente saben y les constan que el Ciudadano: WILMER EDGARDO ROMERO GOMEZ, falleció el día 07 de Septiembre de 2.008; además saben y les constan que el Ciudadano fallecido WILMER EDGARDO ROMERO GOMEZ, era de estado civil soltero y no se le conocía, ni se le conoce hijo alguno; e igualmente saben y les constan que la Ciudadana: CARMEN CLARISA GOMEZ DE ROMERO, es viuda de su fallecido esposo ANDRES AVELINO ROMERO VELASQUEZ, quien murió el 11 de Septiembre de 2.002 y el Tribunal vista la documentación acompañada a la solicitud y las declaraciones de los testigos antes nombrados e identificados considera suficientemente tales pruebas y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA a la ciudadana, CARMEN CLARISA GOMEZ DE ROMERO (madre), COMO LA ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de su causante WILMER EDGARDO ROMERO GOMEZ, dejando a salvo los derechos de terceros.
Tómese nota de este Decreto en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año y devuélvanse originales con sus resultas las presentes actuaciones.
La Juez Suplente Especial,

Dra. HELEN PALACIO GARCIA.-
La Secretaria,

Abog. MARIEUGELYS GARCIA CAPELLA.
HPG/Gledys.-