REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintiuno de enero de dos mil ocho
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2007-003832
ASUNTO: BP12-S-2007-003832

Vista la solicitud presentada por el ciudadano: JOSE MATIAS HERNANDEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.138.596, domiciliado en el callejón 18 de Octubre Nº 3-27 sector Negro Primero de San José de Guanipa Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, debidamente asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicada en la dirección mencionada, sobre una parcela de terreno propiedad municipal que mide (326,68mts2).- Dichas bienhechurias consta de paredes de bloque, piso de cemento, techo de zinc, constante de dos habitaciones, un recibo-comedor, una cocina, un baño.- Alinderada de la siguiente manera: Norte: Con el Callejón 18 de Octubre; SUR: Con calle Mariño; ESTE: Casa que es o fue de Olimpia Medina y OESTE: Con Calle Martineau.- El valor invertido es la cantidad de SEIS MIL BOLIVARES (Bs. F. 6.000) , y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos EFREN JESUS MACABI BRICEÑO y MARIA FERNANDEZ, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano JOSE MATIAS HERNANDEZ, sobre las antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,


MARIANELA QUIJADA ESTABA