REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintiuno de enero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2007-004405
ASUNTO: BP12-S-2007-004405
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: ROSALIO DE JESUS RENDON, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.060.196, domiciliado en el callejón San José, Municipio Atapirire, Distrito Miranda del Estado Anzoátegui, debidamente asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicada en la dirección mencionada, sobre una parcela de terreno propiedad municipal que mide (20) metros de frente por (65) metros de fondo).- Dichas bienhechurias consta de una casa de paredes de bloque de cemento, techo de zinc, , una sala comedor, tres habitaciones, una cocina.- Alinderada de la siguiente manera: Norte: terreno de Yudith Parazuela .- SUR: casa de Carlos Cubero.- ESTE: Casa de Guillermo Hernández y OESTE: Callejón San José que es su frente.- El valor invertido es la cantidad de OCHO MIL BOLIVARES (Bs. F. 8.000), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos REINA DEL CARMEN ROJAS DE SANCHEZ y DARIA JOSEFINA LUNA ORDAZ, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano ROSALIO DE JESUS RENDON, sobre las antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,
MARIANELA QUIJADA ESTABA