REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintiuno de enero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000044
Vista la solicitud presentada por los ciudadanos: MARIA DE JESUS MANRIQUEZ y FLORENTINO ELADIO PERALES, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nº 8.460.187 Y 2.743.512 respectivamente., domiciliado en la calle Primero de Mayo entre calle Nueva Esparta y Carretera La Flint Nº 8 El Tigre Estado Anzoátegui, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre bienhechurias que fomentaron a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicada en la dirección arriba mencionada.- Dichas bienhechurias consta de una casa de paredes de bloque de cemento, piso de cemento pulido, techo de zinc, ventana de hierro, constante de dos habitaciones, un baño, una sala, una cocina, un patio, cercada de paredones de bloque.- El valor invertido es la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. F.10.000,oo) , y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos LILIANA SOLORZANO y LEYDA PAEZ, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce los ciudadanos, MARIA DE JESUS MANRIQUEZ y FLORENTINO ELADIO PERALES.- sobre las antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,
MARIANELA QUIJADA ESTABA