REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintiuno de enero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000130
Vista la solicitud presentada por la ciudadana MARY CARMEN RODRIGUEZ LOPEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V.-17.591.973 y domiciliado en San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, asistida por abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, sobre una parcela de terreno propiedad del Municipio consistente de una vivienda Unifamiliar, ubicada en el callejón Ayacucho s/n sector Ayacucho de San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE : Con morichal del río Tigre; SUR: Callejón Ayacucho que es su frente; ESTE: Casa de Carolina Díaz y OESTE: Con casa y patio de Ramón Antuarez.- Dichas bienhechurías consisten de una vivienda construida con paredes de bloque de cemento, piso de cemento techo de zinc, puertas y ventanas de hierro.- La cantidad invertida en dichas bienhechurias es de CINCUENTA MIL BOLIVARES (BS. 50.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana MARY CARMEN RODRIGUEZ LOPEZ ya identificada, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA