REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintidós de enero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2007-004525
Vista la solicitud presentada por el ciudadano MAMERTO CELESTINO NAVARRO, venezolano, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V.-2.425.051 y de este domicilio, asistida por abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, sobre una parcela de terreno propiedad del Municipio consistente de una casa de paredes de bloques de cemento, techo de acerolit, piso de cemento, techo de acerolit, piso de cemento, dos puertas santa maría, un baño, una fosa para cambio de aceite, comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE : Con terreno de la Municipalidad; SUR: Con galpón de Juan Navarro; ESTE: Con Carretera Negra de la Flint que es su frente y OESTE: Con terreno de Juan Navarro.- La cantidad invertida en dichas bienhechurias es de SEIS MIL BOLIVARES (Bs. 6.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano MAMERTO CELESTINO NAVARRO, ya identificada, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA