REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veinticuatro de enero de dos mil ocho
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2007-004461

Vista la solicitud presentada por la ciudadana: CARMEN AIDA PIÑERO RONDON, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.068.086, domiciliada en la VÍA El Cementerio s/n del sector Brisas del Caris, frente a la Cachapera La Tusa, El Tigre Estado Anzoátegui, debidamente asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, sobre una parcela de terreno propiedad municipal ubicada en la dirección arriba mencionada que mide (2.140Mts2).- Dichas bienhechurias consta de un local de bloques de cemento, dos baños, piso de terracota y techo de platabanda.- Alinderada de la siguiente manera: Norte: Parcela Municipal ubicado por el ciudadano Aly Sotillo; SUR: Parcela ocupada por Wuilliam Matute; ESTE: Vía que conduce al Cementerio que es su frente; y OESTE: Parcela ocupada por Juan Rivas.- El valor invertido es la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000.oo) , y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos JOSE GREGORIO VILLASANA y NEREIDA JOSEFINA RONDON, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana CARMEN AIDA PIÑERO RONDON, sobre las antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,


Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA

Se devuelve original con sus resultas a la parte interesada constante de seis (06) folios útiles.
LA SECRETARIA