REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, treinta de enero de dos mil ocho
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2007-004501

Vista la solicitud presentada por la ciudadana ANTONIA DEL VALLE TOCUYO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N. 8.459.959, y de este domicilio, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomento a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la calle en la calle once sur bis, entre carrera siete y carrera once, casa s/n sector pueblo nuevo sur, de El Tigre, sobre un lote de terreno cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Con casa que es o fue de de Roger Golindano, SUR: Con casa que es o fue de Con casa que es o fue de Fandy Yordi ; ESTE: Con casa que es o fue de Paredes Rodríguez y OESTE: Con calle once sur Bis.- El valor invertido es la cantidad de VEINTE MIIL BOLIVARES (Bs. 20.000.oo), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejercen la ciudadana ANTONIA DEL VALLE TOCUYO, ya identificado, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA

Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA