REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
 
Barcelona, treinta y uno de enero de dos mil ocho
 
197º y 148º
 
 
ASUNTO : BP02-V-2006-000816
 
	Vista la diligencia suscrita en fecha 28 de enero de 2008, por la abogada  Carmen Perfecto, actuando en su carácter  de  apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual  manifiesta  que , “las partes han llegado a un convenimiento de manera extrajudicial y del demandado ha desalojado  el inmueble objeto de este litigio”; todo con ocasión de la demanda por Desalojo, interpuesta por la ciudadana ANABELIS BASTARDO DE DAVILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 8. 255. 462, contra  el ciudadano JOSE DAVID RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 5. 487. 167 ; este Tribunal da por consumado dicho acto. En consecuencia, se procede como en sentencia pasada con la autoridad de cosa juzgada; se da por terminado el presente Asunto y se ordena el archivo definitivo del expediente. Así se decide, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad  de la Ley.
 
La Juez Provisorio,
 
 
Abg. María Eugenia Pérez
 
 
 
La Secretaria,
 
 
Abg. Carmen Calma Hernández.
 
 
 
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