REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta y uno de enero de dos mil ocho
197º y 148º

ASUNTO : BP02-V-2006-000816
Vista la diligencia suscrita en fecha 28 de enero de 2008, por la abogada Carmen Perfecto, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual manifiesta que , “las partes han llegado a un convenimiento de manera extrajudicial y del demandado ha desalojado el inmueble objeto de este litigio”; todo con ocasión de la demanda por Desalojo, interpuesta por la ciudadana ANABELIS BASTARDO DE DAVILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 8. 255. 462, contra el ciudadano JOSE DAVID RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 5. 487. 167 ; este Tribunal da por consumado dicho acto. En consecuencia, se procede como en sentencia pasada con la autoridad de cosa juzgada; se da por terminado el presente Asunto y se ordena el archivo definitivo del expediente. Así se decide, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
La Juez Provisorio,

Abg. María Eugenia Pérez


La Secretaria,

Abg. Carmen Calma Hernández.