REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince de enero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO: BP02-S-2006-000747
Por cuanto la ciudadana Dra. ANA JACINTA DURAN, Juez Unipersonal N° 02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, se encuentra de vacaciones, la suscrita Dra. DORIS ROJAS de NADALES, se avoca al conocimiento de la presente solicitud. Definitivamente firme como ha quedado la anterior Sentencia de SEPARACIÓN DE CUERPOS, dictada por ésta Sala de Juicio Nº 02 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, procédase a su ejecución a los efectos de los Artículos 475 y 507 del Código Civil, expídase copia certificada de la Sentencia con inserción de la anterior diligencia y del presente auto. En consecuencia éste Tribunal, acuerda hacer entrega de las copias certificadas de la mencionada sentencia y ordena remitir los oficios correspondientes a los organismos competentes a los fines legales consiguientes. Asimismo se acuerda hacer entrega de los documentos originales consignados con el libelo, previa certificación en autos por secretaria, el cierre del expediente y su remisión al Archivo Judicial de este Estado. Cúmplase.
El Juez Temporal N° 02

Abg. Doris Rojas de Nádales
La Secretaria

Abg. Farah Melissa Azocar
En la misma fecha del auto anterior se cumplió lo ordenado en él. Conste.
La Secretaria

Abg. Farah Melissa Azocar
Judith