REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince de enero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO: BP02-V-2007-001849

Por recibida la anterior solicitud de REGIMEN de VISITAS, propuesta por el ciudadano JOSE ANTONIO RAMIREZ SIMOZA, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-10.288.548, domiciliado en la Calle México, Casa N° 18, Las Delicias, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, debidamente asistido por la Fiscal Undécimo del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, Abogada CARMEN ALVIAREZ RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 24.972, quien actúa en representación de las niñas XXXXXXXX; junto con los recaudos que la acompañan. Désele entrada. Admítase. De conformidad con el Artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia se acuerda lo siguiente: 1) Cítese a la ciudadana MILAGROS COROMOTO SALCEDO PADRON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.271.746, domiciliada en la Calle Andrés Bello, Casa N° 55-64, Las Delicias, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, para que comparezca por ante esta Sala de Juicio N° 02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, al segundo (2do) día de Despacho siguiente a su citación a las diez y treinta de la mañana (10:30.a.m.), a los fines de que exponga lo que crea conveniente con relación a la presente solicitud. Con la advertencia que el día de la comparecencia la Juez intentará una conciliación entre las partes, a las nueve de la mañana (9:00 a.m.) y de no lograrse la misma, procederá a oír todas las excepciones y defensas cualquiera que sea su naturaleza, las cuales resolverá en Sentencia Definitiva, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 516 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. 2). Practicar Informe Social en los hogares de los ciudadanos MILAGROS COROMOTO SALCEDO PADRON y JOSE ANTONIO RAMIREZ SIMOZA, padres de las niñas XXXXXXXXXX respectivamente. 3) Igualmente Evaluaciones Psiquiátricas y Psicológicas a través del Equipo Multidisciplinario adscrito a éste Tribunal. Librese boletas y oficio. Cúmplase.-
LA JUEZ TEMPORAL. SALA N° 02.

Dra. DORIS ROJAS de NADALES.
LA SECRETARIA.


Abg. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior se cumplió lo ordenado en él. Conste.
LA SECRETARIA.


Abg. FARAH MELISSA AZOCAR.
DRdN/LETICIA C.