REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de enero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO : BP02-V-2007-001872
Por recibida la anterior solicitud de REVISION de REGIMEN DE VISITAS, propuesta por la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público, Dra. MARY LOURDES FERRER, actuando en representación del niño xxxxxxxxxxxxxxxxxx, junto con los recaudos que en ella se mencionan todo constante de seis (06) folios útiles.- Désele entrada.- Fórmese expediente.- Admítase.- De conformidad con el Articulo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.- En consecuencia se acuerda citar a los Ciudadanos DANYRIS ALEXANDRA PHILLIPS y DENNIS RONALD LEAVITT, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 16.963.052 y E-81.163.787, domiciliados la primera en el Conjunto Residencial Vista Mar, piso 11, apartamento 11-C, Lechería, Estado Anzoátegui y el segundo en Cayo de agua, Villa 2-39, Lechería, Estado Anzoátegui, para que comparezcan por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº.02, al segundo (2do) día de Despacho siguiente a su citación, a los fines de que dé exponga lo que crean conveniente en relación a la presente demanda. Líbrese Boleta de Citación. Se le advierte que en la misma oportunidad se verificará un Acto Conciliatorio entre ambas parte a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m). Asimismo se ordena Informes Técnico a los ciudadanos DANYRIS ALEXANDRA PHILLIPS y DENNIS RONALD LEAVITT, Se comisiona suficientemente al Equipo Técnico de este Tribunal. Librese oficio.
LA JUEZ TEMPORAL N°. 02.
DRA. DORIS ROJAS DE NADALES
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR
DRN / CA.