REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticinco de enero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO : BP02-S-2007-006432

Vistos: El escrito de fecha Seis (06) del mes de Diciembre de 2.007, presentada por la Abogada MARIA SPERANZA DE CLAVIJON, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 87.104, con el carácter de Apoderada Judicial de la JINETH LEONOR ZAMORA ARRIOJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.343.514, actuando en representación de sus hijos, el adolescente XXXXXXXXXXXXXX, tal y como se evidencia de sus respectivas Actas de Nacimiento, en la cual solicita se le nombre un Curador A-d Hoc a los expresados el adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, en virtud de que su madre ciudadana JINETH LEONOR ZAMORA ARRIOJAS, plenamente identificado en autos, va a contraer nupcias, proponiendo para tal cargo a la ciudadana ESPERANZA ANTONIA SOTO DE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.277.456, domiciliada en la Urbanización Terrazas del Mar, Town House Nº 21, vía el Rincón, Barcelona, Estado Anzoátegui, y por cuanto observa este Tribunal que en fecha veinticuatro (24) del mes de Enero de 2.008, compareció la ciudadana ESPERANZA ANTONIA SOTO DE SANCHEZ, aceptando el cargo de Curador Ad- Hoc del adolescente XXXXXXXXXXXXXXX, jurando en dicha oportunidad cumplirlo bien y fielmente. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Designa a la ciudadana ESPERANZA ANTONIA SOTO DE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.277.456, Curador Ad-Hoc del adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXX. Devuélvanse los originales previa certificación por Secretaria. Igualmente, se ordena el cierre y archivo del presente expediente.
Expídanse por Secretaría Dos (02) Copias Certificadas de la presente Decisión y entréguesele a los interesados, a los fines Legales consiguientes.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL N° 01.-


DRA. SANTA SUSANA FIGUERA.-

LA SECRETARIA ACC.-

ABOG. LISANDRA FUENTES.-