REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticinco de enero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO: BP02-S-2008-000306
Por recibida la presente solicitud de RECTIFICACIÓN de PARTIDA de NACIMIENTO, propuesta por la ciudadana YANELLYS MOLERO de LEZAMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.180.905, debidamente representada por su Apoderada Judicial, Abogada en ejercicio SONIA CESIN, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 88.074, actuando en representación del adolescente XXXXXXXXXXXXXXX, junto con los recaudos que en ella se mencionan toda constante de Tres (03) folios útiles.- Désele entrada y anótese en los libros respectivos.- Esta Sala de Juicio la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, literal “F”. Librese boleta de notificación a la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del Estado Anzoátegui. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL. SALA N° 01.
Abg. SANTA SUSANA FIGUERA CABELLO.
LA SECRETARIA ACC.
Abg. LISANDRA FUENTES.
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en el. Conste.-
LA SECRETARIA ACC.
Abg. LISANDRA FUENTES.
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