REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, diecinueve de febrero de dos mil ocho
197º y 148º

ASUNTO: BP02-R-2007-000850

En fecha 18 de diciembre de 2007, se recibió del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, (El Tigre), expediente Nº BP02-R-2007-000850 contentivo de la demanda por Daños y Perjuicios en Apelación interpuesta por el ciudadano Axel Bastidas contra Eunice Soto. El Tribunal observa que la causa en cuestión está planteada por Daños y Perjuicios, materia en la que este Juzgado Superior no tiene competencia, pues su competencia civil se limita al conocimiento de la materia de bienes, advertido lo anterior, y siendo evidente que el envío de la causa a este Tribunal se debe a una asignación errónea por el sistema JURIS 2000, se declina la competencia en el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Remítase el expediente.
Pronunciamiento que formula este Juzgado Superior en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Déjese copia certificada.
La Jueza,


Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito
La Secretaria,


Abog. Mariela Trías Zerpa



j.a.m.