REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de febrero de dos mil ocho
197º y 148º

ASUNTO: BP02-S-2007-006437
Vista la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana Yusmery Josefina Ruiz Pérez, en su propio nombre y en representación de sus hermanos Julio Cesar Pérez, José Alfredo Pérez y Luis Rafael Ruiz Pérez, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros 11.004.705,10.996.573, 10.996.574 y 15.527.712, respectivamente de este domicilio, asistidos de la Abogada Zulia Josefina López Romero, inscrita en el Inpreabogado N° 109.155, y los recaudos acompañados, mediante el cual solicitan que, sean declarados ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus Paula de Jesús Pérez, quien falleció ab- intestato el día 07 de agosto de 2008, en el Municipio Pedro Zaraza del Estado Guarico.- Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones contestes rendidas por los ciudadanos Luis Carlos Flores Medina y Alberto José García, identificados en autos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus Paula de Jesús Pérez, a los ciudadanos Yusmery Josefina Ruiz Pérez, Julio Cesar Pérez, José Alfredo Pérez y Luis Rafael Ruiz Pérez, suficientemente identificados, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. Se ordena expedir dos copias certificadas de la presente solicitud.- Devuélvase original al interesado y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.
EL JUEZ PROVISORIO,



ABG JESUS S. GUTIERREZ D.
LA SECRETARIA, ACC



ABG. GLORIANA AGUILERA