REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno de febrero de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO: BP02-S-2008-000311
Visto el contenido de la anterior diligencia, suscrita por el ciudadano Cristóbal Guerra Barrios, venezolano, mayor de edad, asistido por los abogados José Ballesteros y Yaiza Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 88.269 y 96.325 respectivamente, mediante la cual desiste de la presente causa y solicita le sean devueltos los documentos originales que corren insertos en el presente expediente, el Tribunal HOMOLOGA el desistimiento hecho por la referida abogada en los mismos términos y condiciones en que fue suscrito y de conformidad con la Ley. Se ordena la devolución de los documentos originales solicitados, previa su certificación en autos, se da por terminado el presente expediente y se ordena el archivo del expediente.
El Juez Provisorio.,
Abg. Jesús Gutiérrez Díaz.
La Secretaria Acc.,
Abg. Gloriana Aguilera
Nota: Se solicitan copias fotostáticas para proveer.- Conste,
La Secretaria Acc.,
Abg. Gloriana Aguilera.
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