REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós de febrero de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO : BP02-S-2007-004158
Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana: ROSALÍA SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.221.332, actuando en su carácter de Apoderada Especial de los Ciudadanos: RAFAELA JOSEFINA ORTIZ FERNANDEZ, PATRICIA JOSEFINA ORTIZ FERNANDEZ, CAROLINA DEL VALLE ORTIZ FERNANDEZ, GLENDIS MERCEDES ORTIZ FERNANDEZ, JUAN JORGE ORTIZ FERNANDEZ, PEDRO JOSÉ ORTIZ FERNANDEZ y JOSÉ JESÚS ORTIZ FERNANDEZ, venezolanos mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 8.296.216, 14.213.327, 14.213.326, 15.154.486, 16.799.725, 16.799.724 y 22.840.374, respectivamente, debidamente asistida en este acto por el Dr. JESÚS TÁMARA CUMANA, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 113.697, y visto el justificativo evacuado por ante este Tribunal con las declaraciones de las ciudadanas: ROSA YSABEL CARICO y DANIELA DE LOS ANGELES GARCÍA TIRADO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 8.234.526 y 8.234.526, respectivamente, quienes manifestaron que conocen de vista, trato y comunicación a los ciudadanos: RAFAELA JOSEFINA ORTIZ FERNANDEZ, PATRICIA JOSEFINA ORTIZ FERNANDEZ, CAROLINA DEL VALLE ORTIZ FERNANDEZ, GLENDIS MERCEDES ORTIZ FERNANDEZ, JUAN JORGE ORTIZ FERNANDEZ, PEDRO JOSÉ ORTIZ FERNANDEZ y JOSÉ JESÚS ORTIZ FERNANDEZ; e igualmente conocieron en vida al Ciudadano: JUAN DE LA CRUZ ORTIZ SALAZAR; además saben y les constan que el Ciudadano: JUAN DE LA CRUZ ORTIZ SALAZAR, falleció Ab-intestato, en la Ciudad de Barcelona, en fecha 29 de Mayo de 1.995; saben y les constan que el Ciudadano: JUAN DE LA CRUZ ORTIZ SALAZAR, tuvo Siete (07) hijos los cuales llevan por nombres: RAFAELA JOSEFINA, PATRICIA JOSEFINA, CAROLINA DEL VALLE, GLENDIS MERCEDES, JUAN JORGE, PEDRO JOSÉ y JOSÉ JESÚS ORTIZ FERNANDEZ; e igualmente saben y saben y les constan que el Ciudadano: JUAN DE LA CRUZ ORTIZ SALAZAR, estaba domiciliado en Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui y el Tribunal vista la documentación acompañada a la solicitud y las declaraciones de los testigos antes nombrados e identificados, considera suficientemente tales pruebas y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA a los ciudadanos, MERCEDES COROMOTO FERNANDEZ DE ORTIZ (esposa), y a sus siete (07) hijos de nombres: RAFAELA JOSEFINA ORTIZ FERNANDEZ, PATRICIA JOSEFINA ORTIZ FERNANDEZ, CAROLINA DEL VALLE ORTIZ FERNANDEZ, GLENDIS MERCEDES ORTIZ FERNANDEZ, JUAN JORGE ORTIZ FERNANDEZ, PEDRO JOSÉ ORTIZ FERNANDEZ y JOSÉ JESÚS ORTIZ FERNANDEZ, COMO LOS ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su causante JUAN DE LA CRUZ ORTIZ SALAZAR, dejando a salvo los derechos de terceros.
Tómese nota de este Decreto en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año y devuélvanse originales con sus resultas las presentes actuaciones. Asimismo se ordena la devolución de los documentos originales consignado en la solicitud, previa certificación en autos.-
La Juez Suplente Especial,
Dra. HELEN PALACIO GARCIA.-
La Secretaria,
Abog. MARIEUGELYS GARCIA CAPELLA.
HPG/Gledys.-