REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, once de febrero de dos mil ocho
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000343
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: MISTICA ELISA MARTINEZ DE RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.907.323, domiciliada en la AVENIDA SEIS (6), S/N, SECTOR LA CHANERCA, El Tigre Estado Anzoátegui, debidamente asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, sobre una parcela de terreno propiedad municipal ubicada en la dirección arriba mencionada.- Dichas bienhechurias consta de una casa de paredes de bloques de cemento, piso de cemento pulido y techo de zinc y acerolit, constante de: cuarto habitaciones, un sala, un comedor, una cocina, un baño un lavandero y un garage.- Alinderada de la siguiente manera: Norte: con La Sucesión Gonzalez, midiendo (9,65 Mts).- SUR: con Avenida (6), que es su frente, midiendo (10,60 Mts).- ESTE: con Gregorio Rodríguez, midiendo (21,60 Mts) y OESTE: con Jesús Carrión, midiendo(21,60 Mts).- El valor invertido es la cantidad de CINCO BOLIVARES FUERTE (Bs. F 5.000) , y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos JOSE GREGORIO VILLASANA y NEREIDA JOSEFINA RONDON, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana MISTICA ELISA MARTINEZ DE RODRIGUEZ, sobre las antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,


Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA

Se devuelve original con sus resultas a la parte interesada constante de seis (06) folios útiles.
LA SECRETARIA