REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, quince de febrero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000388
Vista la solicitud presentada por la ciudadana MAGDA EUNICES SERRANO GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.196.858, y de este domicilio asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomento a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la la Avenida siete, casa N. 80, sector San Miguel I ,de El Tigre Cuyos Linderos particulares son los siguientes: NORTE: Con casa que es o fue de Yudith Guzmán; SUR: Con casa que es o fue de Ana Almeida; ESTE: Con Avenida siete y OESTE: Con casa que s o fue de sucesión cabeza.-. Dichas bienhechurias consisten en una vivienda construidas con paredes de bloque de cemento, cuatro ventanas tipo corredera, siete puertas metálicas, instalación de aguas blancas, pozo séptico, electricidad interna y externa, techo de zinc, piso de cemento rustico, constante de tres habitaciones, dos baños con sus respectivos accesorios, un sala un comedor, El valor invertido es la cantidad de CUARENTA MIL BOLÍVARES (BS. 40.000,oo), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana MAGDA EUNICES SERRANO GOMEZ, ya identificado, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA