REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, dieciocho de febrero de dos mil ocho
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000214
Vista la solicitud presentada por la ciudadana HORTENSIA TANG-FAT HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.907.504, y de este domicilio, debidamente asistido por la abogada AYSKEL PALERMO DELGADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 30.817, donde solicita se le conceda Titulo Supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicada en la Calle Principal, Sector Urbanística 200, El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno propiedad Municipal, con una superficie total que mide DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (200 Mts.2) aproximadamente, alinderada de la siguiente manera: NORTE: Con casa de Naysi Bolívar ; SUR: Con terreno desocupado; ESTE: Con Calle Principal, que es su frente; y OESTE: Con casa de Félix Siso. Dichas bienhechurías consisten de una (1) casa s/n, con paredes de bloques de cemento, techo de zinc, piso de cemento, con puertas y ventanas de metal; integrada de una (1) sala-comedor, una (1) cocina, dos (2) habitaciones, una (1) sala de baño.- El valor invertido en la construcción es la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000.oo), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos, ciudadanos OSCAR DARIO AZUAJE y ZONIA DE LA CRUZ ALVAREZ, plenamente identificados en autos, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana HORTENSIA TANG-FAT HERNANDEZ, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL,


Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA.,

Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA