REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, diecinueve de febrero de dos mil ocho
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000046

Vista la solicitud presentada por el ciudadano MIGUEL ARTEAGA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-13.258.572 y de este domicilio, asistido por abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, sobre una parcela de terreno propiedad del Municipio Simón Rodríguez, ubicada en la calle Veinticuatro (24) Sur, de esta misma ciudad de El tigre Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE : Con calle Veinticuatro (24) Sur; SUR: Con casa que es o fue de DIMAS La Rosa ; ESTE: Con casa que es o fue de BIBETO VILLAROEL y OESTE: Con casa que es o fue de NELLY ARRISTUTIERRA.- Dichas bienhechurias consisten de una (1) casa de dos (2) pisos la cual posee las características particulares siguientes: Techo de Platabanda, piso de cerámica y paredes de bloque de cemento, la cual a su vez está subdividida de la siguiente manera: En la planta baja una(1) sala-recibo, un (1) comedor, dos (2) salas de baño, dos (2) dormitorios, una (1) cocina y una (1) oficina, además toda la parcela esta cercada con paredones de bloque. La cantidad invertida en dichas bienhechurias es de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (200.000,oo), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano MIGUEL ARTEAGA, ya identificado, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA

Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA