REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, diecinueve de febrero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000384
Vista la solicitud presentada por el ciudadano OLIMPIO NELSON PEREZ BEROES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V.- 3.442.041, y domiciliado en la Ciudad de Anaco, Municipio Anaco, del Estado Anzoátegui, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que se encuentra en una (1) porción de terreno, ubicada en la parcela Nº 8A de la calle Oeste del conjunto Residencial Los Naranjos de la Ciudad de Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, comprendida dentro de los siguientes linderos; NORTE: Con calle Centro ; SUR: con Parcela Nº 5A; ESTE: Con Parcela 7A y OESTE: Con la Parcela Nº 9A, con terrenos de la escuela Anaco. Dichas bienhechurias las construí con dinero de mi propio peculio particular y únicas expensas, construcción comprendida con las siguientes características: PLANTA BAJA: Una (1) sala comedor, Una (1) cocina, Un (1) lavandero, Una (1) habitación de servicio, un (1) estudio, una (1) habitación de huésped, un (1) garaje y dos (2) baños ; PLANTA ALTA: Tres (3) habitaciones con baños y un (1) star; dichas bienhechurias están construidas con bloques de arcilla, piso de cemento y techo de machihembrado. El valor de las mencionadas bienhechurias es de TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL BOLIVARES (Bs. 348.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y les DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano OLIMPIO NELSON PEREZ BEROES, ya identificado, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA