REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, diecinueve de febrero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000417
Vista la solicitud presentada por la ciudadana MARYCARMEN ARMINDA ALCALA SUAREZ venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V.-10.061.355 y de este domicilio, asistida por abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, sobre una parcela de terreno propiedad del Municipio consistente de una casa, ubicada en la calle Guevara Rojas, del sector Hernández Pares, de El Tigre comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE : Con casa que es o fue de Maria del Valle Romero; SUR: Casa que es o fue del señor Javier Allen; ESTE: Con la calle creación que es su frente y OESTE: con la calle creación que es su frente.- Dichas bienhechurias consisten de una casa de paredes de bloques de cemento, cinco habitaciones, una cocina, un baño, un sala, comedor, techo de zinc, piso de cemento . La cantidad invertida en dichas bienhechurias es de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000,oo)), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana MARYCARMEN ARMINDA ALCALA SUAREZ ya identificada, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA