REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintiuno de febrero de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000454
Vista la solicitud presentada por la ciudadana TITA TEOFILA RODRIGUEZ DE DELGADO , venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V.- 3.557.369, domiciliada en la Calle Mariño Nº 8-R, sector La Charneca El Tigre Estado Anzoátegui, debidamente asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicada en la dirección arriba mencionada , sobre un lote de terreno que tiene una superficie de (250Mts2).- Alinderada de la siguiente manera: NORTE: Casa con Jorge Carrasquel.- SUR: Calle Mariño que es su frente.- ESTE: Casa de Gerardo Farias y OESTE: casa de Salvadora Carrasquel.- Dichas bienhechurias consta de tres habitaciones, sala-comedor, una cocina, un baño, un corredor, un jardín, un garaje, construida de paredes de bloques de cemento, techo de zinc, piso de cemento, puertas de hierro, cercada totalmente de bloque.- El Valor invertido es la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10. 000,oo). y teniéndose presentes la declaración de los testigos ciudadanos OMAIRA VALLENILLA y MERCEDES VALERA, este tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceras personas que puedan tener aprueba la mencionada justificación y le declara TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO, sobre la propiedad que ejerce la ciudadana TITA TEOFILA RODRIGUEZ DE DELGADO, ya identificada en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA
Se devuelve original con sus resultas a la parte interesada constante de siete (7) folios útiles.- Conste.-
LA SECRETARIA