REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintiséis de febrero de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000280

Vista la anterior solicitud de ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO y los anexos que le acompañan, presentada por la ciudadana ANA MARGARITA REQUENA RUIZ, LUIS RAFAEL REQUENA RUIZ, LUISA ANTONIA REQUENA RUIZ, FELIPE SEGUNDO REQUENA RUIZ y JOSE GREGORIO REQUENA RUIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros. 5992691, 5992689, 8470543, 10065476 y 10064490 respectivamente, domiciliados en el caserío Las matas, Parroquia El Pao de Barcelona, del Municipio Francisco de Miranda del Estado Anzoátegui, debidamente asistidos por el abogado José Luís Aponte, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 86821, mediante el cual solicitan que sean declarados Únicos y Universales Herederos, de la extinta ELINA ANTONIA RUIZ DE REQUENA, fallecido Ab-intestato el día 28 de Octubre de 2007.- Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los testigos, ciudadanos HENRY JOSE VELASQUEZN y MARY CARMEN PUCHETE, plenamente identificados en las declaraciones, quienes declararon por ante este Tribunal en esta misma fecha los cuales quedaron contestes en afirmar los dichos de los solicitantes, es por lo que este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones bastantes y suficientes para asegurarles su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos ANA MARGARITA REQUENA RUIZ, LUIS RAFAEL REQUENA RUIZ, LUISA ANTONIA REQUENA RUIZ, FELIPE SEGUNDO REQUENA RUIZ y JOSE GREGORIO REQUENA RUIZ, en su condición de hijos, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Devuélvanse estas actuaciones originales a los interesados y déjese nota en el Libro Diario que lleva este Tribunal.- Así se decide.-
LA JUEZ TEMPORAL.,

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA.
LA SECRETARIA,

Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA-