REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintiséis de febrero de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000290
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: LUISA MERCEDES GONZALES, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.006.157, domiciliada en la Av. Sucre, entre calles Nueva Esparta y calle Martineau, Nº 05, Sector la Charneca, El Tigre Estado Anzoátegui, debidamente asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, sobre una parcela de terreno propiedad municipal ubicada en la dirección arriba mencionada.- Dichas bienhechurias consta de una vivienda con dos habitaciones, un baño, una cocina; paredes de bloques de cemento sin frisar, piso de cemento pulido, techo de Zinc, las mencionadas bienhechurias estas constituida en una superficie de terreno de (170,74 Mts.2).- Alinderada de la siguiente manera: Norte: Avenida Sucre, midiendo (6,10mts).- SUR: Isabel Prado midiendo (6,25 Mts.2).- ESTE: Yudith Gómez midiendo (27,60 Mts.2) y OESTE: Berta Flores midiendo (27,60 Mts.2).- El valor invertido es la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLIVARES FUERTE (Bs. F 25.000) , y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos VESTALIA HERNANDEZ y ERNESTO JOSE RUIZ, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana LUISA MERCEDES GONZALEZ, sobre las antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA
Se devuelve original con sus resultas a la parte interesada constante de seis (06) folios útiles.
LA SECRETARIA