REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintisiete de febrero de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000408
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: MARTINA MUÑOZ DE RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.368.828., domiciliada en el sector San Francisco de asís, Callejón 11 El Tigre Estado Anzoátegui, debidamente asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, sobre una parcela de terreno propiedad municipal ubicada en la dirección arriba mencionada, con una superficie de terreno que mide (284,54Mts2).- Dichas bienhechurias consta de una vivienda unifamiliar, sin terminar construida de paredes de bloques de cemento completamente frisada, techo de zinc, piso de cemento, una sala-comedor, tres habitaciones, cada una con sus puertas de madera, una cocina, dos baños.- Alinderada de la siguiente manera: Norte: Callejón 11 sector San Francisco de Asís, que es su frente que es su frente, midiendo (17,74 mts).- SUR: Terreno Municipal.- ESTE:.- Calle 12 y OESTE: Callejón 11.- El valor invertido es la cantidad de DOCE MIL BOLIVARES (Bs. 12.000) , y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos ZAIRIT GARCIA y MARIANELLA CASARES, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana MARTINA MUÑOZ DE RODRIGUEZ, sobre las antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA
Se devuelve original con sus resultas a la parte interesada constante de ocho (08) folios útiles.- Conste.
LA SECRETARIA
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA