REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintiocho de febrero de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000402
Vista la solicitud presentada por la ciudadana INERDA HERNANDEZ DE GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.416.551, y de este domicilio, debidamente asistida por la abogada MARITZA BETANCOURT MARIN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 64.157, donde solicita se le conceda Titulo Supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicada en la Calle Once (11), Nro. 40, de la Urbanización San Francisco de Asís sobre un lote de terreno Municipal, con una superficie de MIL QUINIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS (1.540 Mts.2) aproximadamente, alinderada de la siguiente manera: NORTE: Casa que es o fue de Ramón Martínez; SUR: Casa que es o fue de Guillermina Mijares; ESTE: Casa que es o fue de Eduardo Álvarez; y OESTE: Calle Once (11) que es su frente. Dichas bienhechurías están construida con paredes de bloques de cemento, techo de zinc, piso de cemento, ventanas y puertas de hierro, constante de cinco (5) habitaciones, una (1) sala, un (1) comedor, y un (1) baño, cercada en su contorno con bloques de cemento.- El valor invertido en la construcción es la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000.oo), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos, ciudadanos YAMILI JOSEFINA SOTILLO y ADOLFO JOSE NAVARRO, plenamente identificados en autos, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana INERDA HERNANDEZ DE GOMEZ, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL,
Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA.,
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA