REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintiocho de febrero de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-V-2008-000067

Visto el escrito de demanda por DESALOJO, presentado por la ciudadana PRISCILIA BARRADAS de MOLINA, mayor de edad, venezolana, viuda, de oficios del hogar, titular de la cédula de identidad Nº 3.226.207, debidamente asistida por el abogado LUIS ENRIQUE SOLORZANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 36.466, contra la ciudadana THANIA MARISOL MOGOLLON AMADO, mayor de edad, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad Nº 10.793.726, domiciliada en San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, a los fines de este Tribunal pronunciarse sobre su competencia observa:
Por cuanto de la revisión del texto del escrito de demanda, se evidencia que la misma fue estimada por la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 5.000.000,oo), siendo que la competencia por la cuantía hasta ese monto le esta atribuida al Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de esta Circunscripción Judicial, es por lo que este Tribunal se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente causa, en consecuencia Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLINA LA COMPETENCIA POR RAZON DE LA CUANTIA, y acuerda remitir el presente expediente al Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de esta Circunscripción Judicial.-
LA JUEZ TEMPORAL,

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA

LA SECRETARIA,

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA