REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, seis de febrero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2007-003993
Vista la anterior solicitud presentada por la abogada en ejercicio BELKIS DEL VALLE ROJAS, inscrita en Inpreabogado bajo el No. 111.736, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.494.069 y domiciliada en ésta Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.- Asimismo vistos los recaudos acompañados y cumplidos los requisitos ordenados en auto de fecha 19 de Diciembre de 2007, así como las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanos ELIA DE LOURDES MAESTRE DE HERNANDEZ y SULAY COROMOTO JIMENEZ DE SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: 1.300.282 y 4.505.073 respectivamente y de este domicilio, mediante las cuales corroboradamente afirman tener conocimiento sobre los particulares de la solicitud, el Tribunal dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos COLUMBA ROJAS DE GUARIMAN, JESUS DOLORES DE CURBELO, FRANCISCO LOPEZ ROJAS, DAVID GUAICARA ROJAS, JUANA ROJAS DE UROSA, BELKIS ROJAS, AGUEDA ROJAS DE ACOSTA, JOSE RAMON ROJAS, CARLOS EDUARDO ROJAS y LUIS JOSE ROJAS de la fallecida TERESA ROJAS, fallecida ab-intestato en fecha 07 de Mayo de 2006 en ésta Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.- ASI SE ACUERDA.-
La Juez Temp.,
Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
La secretaria,
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA
Constante de (26) folios útiles se devuelve original con sus resultas a los solicitantes.- Conste.-
La secretaria,