REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: BP02-L-2006-001139.
PARTE ACTORA: NELSON ENRIQUE DELGADO NUÑEZ. “No compareció”
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: REINALDO JOSE RODRIGUEZ MARCANO. “No compareció”
PARTE DEMANDADA: SMA INGENIEROS Y CONSULTORES, C.A.,
REPRESENTANTE DE LA DEMANDADA: LICETH RODRIGUEZ, en su condición de Gerente de Recursos Humanos.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: BETTY GREGORIA ARIGAS BARRIOS.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy quince (15) de febrero de dos mil ocho, siendo las 10:00 A.M., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, interpusiere el ciudadano NELSON ENRIQUE DELGADO NUÑEZ, en contra de la sociedad mercantil SMA, INGENIEROS Y CONSULTORES, C.A., se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, aún cuando el ciudadano Alguacil procedió a realizar el llamado de Ley a las partes involucradas en la presente causa, solo compareciendo la ciudadana LICETH RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.368.141, en su condición de Gerente de Recursos Humanos de la accionada, asimismo compareció la abogado en ejercicio BETTY GREGORIA ARTIGAS BARRIOS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 61.946, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil SMA, INGENIEROS Y CONSULTORES, C.A., según se evidencia de instrumento Poder el cual consigna en esta acto, en copia simple previa confrontación con el original a los fines de su certificación, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Años 148 ° y 197 °.
La representación judicial de la parte actora solicita copia certificada de la presente decisión, el tribunal a cuerda de conformidad con lo solicitado.
La Juez

Abg. María José Carrión G.
La Secretaria,

Abg. Noemí Mogna.
Los Comparecientes



Seguidamente y en esta fecha, siendo las 10:07, a.m. se publico la presente decisión, entregándose la copia certificada solicitada. Conste.



La Secretaria,