REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de febrero de dos mil ocho
197º y 148º

ASUNTO : BP02-V-2008-000197
Por recibida la anterior solicitud de Guarda y Custodia, propuesta por la ciudadana Fiscal Especializada Décimo Quinta del Ministerio Público, Abogada MARY LOURDES FERRER, actuando en representación de la Niña xxxxxxxxxxxxxx, junto con los recaudos que en ella se mencionan, todo constante de Dos (02) folios útiles y Dos (02) anexos. Désele entrada. Admítase. De conformidad con el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Primero literal “C”, en consecuencia, cítese a la ciudadana KARINA DEL VALLE GONZALEZ PORTO. venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-18.300.314, domiciliada en: Calle Zulia, Casa N° 24, Barrio Sucre, Frente a la Bodega Barcelona, Barcelona, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, para que comparezca por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, a objeto de dar contestación a la presente solicitud. Notifíquese al ciudadano JORGE DAVID SAMBRANO LEON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.878.217, domiciliado en: Conjunto Residencial Altos Guaica, Torre 02, Apartamento 2-44, Barcelona, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, a fin de que esté presente en el acto conciliatorio que intentara la ciudadana Juez entre las partes. Se le advierte a ambas partes que en la misma oportunidad de la contestación se verificara el Acto Conciliatorio a las diez y treinta de la mañana (10:30 A.M), y el Acto de contestación será entre las ocho y treinta minutos de la mañana y las tres y treinta de la tarde (8:30 a.m. y 3:30 p.m.). Asimismo se ordena la práctica de un informe Integral a los ciudadanos JORGE DAVID SAMBRANO LEON, y KARINA DEL VALLE GONZALEZ PORTO, plenamente identificados en autos, comisionándose para tal fin al Equipo Técnico de este Tribunal, Líbrese Oficio.- Cúmplase.
JUEZ UNIPERSONAL N° 02


DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.

ABG. FARAH MELISSA AZOCAR.

En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.
LA SECRETARIA.

ABG. FARAH MELISSA AZOCAR
AJD/crc.-