REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciocho de febrero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO: BP02-S-2008-000614
Por recibida la anterior Solicitud de AUTORIZACION PARA EXPEDIR PASAPORTE, propuesta por el ciudadano CARLOS ALBERTO SANTELIZ BENITEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.979.005, de este domicilio, actuando en nombre y representación de sus hijos los niños XXXXXXXXXXXXXXXX, debidamente asistido por la Defensora Pública Primera del Sistema de Proteccion del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Abogada JOSEFINA GONZALEZ, junto con los recaudos que en ella se mencionan todo constante de diez (10) folios útiles.- Désele entrada. Fórmese expediente y anótese en los libros respectivos. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, la Admite por cuanto la misma no es contraria a derecho y a los fines de la obtención del pasaporte esta Sala de Juicio N° 02, acuerda notificar a la Fiscal Undécimo del Ministerio Público del inicio del presente procedimiento. Líbrese Boleta de Notificación
LA JUEZA UNIPERSONAL N° 02.
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
ABG. FARAH MELISSA AZOCAR.
AJD/RL.-