REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiseis de febrero de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO : BP02-V-2008-000302
Por recibida la anterior solicitud de CUMPLIMIENTO DE REGIMEN DE VISITAS, propuesto por el ciudadano OSCAR MAURICIO CAMACHO PEREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.082.724, y de este domicilio, debidamente asistido por la abogada en ejercicio NEMECIA GARCIA CAMPOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°.93.789, actuando en nombre y representación de sus hijos los niños XXXXXXXXXXX, junto con los recaudos que en ella se mencionan todo constante de Diecisiete (17) folios útiles. Désele entrada y anótese en el libro respectivo; en consecuencia esta Sala de Juicio N°.02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, de esta Circunscripción Judicial, LA ADMITE, de conformidad con el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Cuarto Literal “D”, en concordancia con el Articulo 387 EJUSDEM, y se ordena citar a la ciudadana MARISELA ABRIL BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-11.822.684, domiciliada en: Sector Guaraguao, Edificio 2, Apartamento 3, Piso 2, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, a fin de que comparezca por ante éste Tribunal al segundo (2do) día de Despacho siguientes a su citación, a los fines de que exponga lo que creyere conveniente en relación a la presente solicitud. Con la advertencia a las partes que en la misma oportunidad de la comparecencia de la ciudadana MARISELA ABRIL BARRIOS, ya identificada, se verificara el Acto Conciliatorio a las 10:30 a.m. Líbrense boletas. Notifíquese a la ciudadana Fiscal Décimo Primero del Ministerio Público, del inicio de la presente solicitud. Asimismo se ordena la práctica de un informe Integral de las partes, comisionándose al Equipo Técnico de este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL N°.02.

DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.

ABG. FARAH MELISSA AZOCAR.

En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.
LA SECRETARIA.

ABG. FARAH MELISSA AZOCAR.

AJD/crc.