REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis de febrero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO: BP02-S-2007-005511
Por cuanto la Ciudadana Dra. ANA JACINTA DURAN, Juez Unipersonal N° 02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, se encuentra de Vacaciones, la suscrita Dra. DORIS ROJAS DE NADALES, se avoca al conocimiento de la presente demanda de DIVORCIO.185-A. Visto y revisado como ha sido el presente expediente y por cuanto el Tribunal lo considera necesario e imprescindible, vista la anterior sentencia del Tribunal de fecha (06/11/2007), en el cual se ordena declinar por el territorio la presente causa al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui Extensión el Tigre Sin que las partes hayan interpuesto el Recurso de Regulación de Competencia y habiendo quedando definitivamente firme la citada Sentencia; en consecuencia esta Sala de Juicio N° 02 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial ordena librar el oficio respectivo al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui Extensión el Tigre remitiendo el presente expediente Líbrese oficio
LA JUEZ TEMPORAL N° 02
Abg. DORIS ROJAS DE NADALES.
LA SECRETARIA
ABOG, MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior se dió cumplimiento a lo ordenando en él..
LA SECRETARIA
ABOG, MELISSA AZOCAR.
DRDN/carmen.
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