REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JUAN DE CAPISTRANO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JUAN DE CAPISTRANO
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI
BOCA DE UCHIRE

Boca de Uchire, 07 de Febrero de 2008
197° y 148º

Vencidos como se encuentran los diez días de Despacho del lapso de abocamiento de la nueva Juez Provisoria, y por cuanto esta causa se encuentra en estado de citación, este Tribunal de conformidad con el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda citar al requerido BASILIO RAFAEL RODRÍGUEZ RAMOS, quien reside en la Carretera Nacional, Sector El Alambre, casa s/n de color azul, frente a la Carbonera Geoconsa, del Municipio Manuel Ezequiel Bruzual, Estado Anzoátegui; a los fines de que comparezca por ante este Tribunal a las 10:00 de la mañana, del tercer día de Despacho siguiente a la constancia en autos de su citación, para que dé contestación a la solicitud de alimentos, en caso de no haber conciliación entre las partes. Líbrese boleta de citación junto con orden de comparecencia a los fines de la citación.

Por cuanto se observa que la dirección indicada corresponde al Municipio Manuel Ezequiel Bruzual, de este Estado; este Tribunal acuerda librar exhorto con facultad de subcomisionar, al Juzgado de los Municipios Manuel Ezequiel Bruzual y Francisco del Carmen Carvajal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, y remitirlo mediante oficio.

La Juez Provisoria,

Abg. Haydelis E. Castillo García
La Secretaria,

Abg. María G. Correia P.

Exp. P.N.A.2003-79
HEC/MGC/mmm-bz