REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, once de febrero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO: BP02-R-2008-000021
PARTE DEMANDANTE: COSME PIMENTEL, Titular de la cédula de identidad Nro. 5.405.113.
APODERADAS JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ARBEL MONTEVERDE CAMPOS, JOSIBEL REYES RODRIGUEZ y JUDITH MILENA MORENO, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 61.350, 100.815 y 88.272, respectivamente.
PARTE DEMANDADA Y RECURRENTE: SERENOS RESPONSABLES, S.A. (SERECA), inscrita por ante la Notaría Pública Décima Sexta del Municipio Libertador del Distrito Capital, Santa Mónica en la Ciudad de Caracas, en fecha 05 de Septiembre de 2005, bajo el Nro. 23, Tomo 43.
APODERADOS JUDICIALES DEL DEMANDADO: MARY ECHARRY MENDOZA, BETZAIDA BARRIOS, MARIMIR AGUILERA y OLGA PEREZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 87.470, 87.028 y 111.685, respectivamente.
MOTIVO: RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR LA REPRESENTACION JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADADA CONTRA LA SENTENCIA EMANADA DEL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, CON SEDE EN BARCELONA, EN FECHA 14 DE ENERO DE 2008.
En el día hábil de hoy, once (11) de febrero de 2008, siendo las 11:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia de parte en la presente causa, se deja constancia que se encuentran presentes la Juez Temporal, la Secretaria del Tribunal, el alguacil designado. Asimismo se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora apelante, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. Seguidamente, este Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, al evidenciar la anterior circunstancia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: De conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte accionada contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, en fecha 14 de enero de 2008, la cual queda CONFIRMADA. Igualmente se deja constancia, que la presente Audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY, serial No. 441463, manipulada por el Técnico Audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción ciudadano JESUS GUEVARA, titular de la cédula de identidad N° 11.904.682. Se ordena agregar a los autos el video grabación del presente acto. Se ordena agregar a los autos la video grabación del presente acto, así como la hoja de control de anuncio de audiencia. Se acuerda la publicación de la presente acta. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Temporal,
Abg. Carmen Cecilia Fleming H.
La Secretaria,
Abg. Yirali Quijada
|