REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, doce de febrero de dos mil ocho
197º y 148º
Acta de Audiencia (Desistida por incomparecencia)
ASUNTO : BP02-L-2007-000943
PARTE ACTORA: OMAR GONZALEZ. TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD No. 8.342.838.
EMPRESA DEMANDADA: VANESSA SERVICIO, C.A.
ABOGADO DE LA DEMANDADA: EDUARDO ANDRES GONZALEZ. INPREABOGADO No. 70.739.
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, martes doce (12) de Febrero de 2008, siendo las 9:00 a.m,. día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia de que la parte actora no compareció ni por si ni por medio de apoderado alguno al llamado que hizo el ciudadano Alguacil a la hora fijada para la realización de la Audiencia Preliminar,; se deja constancia que compareció el apoderado judicial de la empresa demandada, según consta de instrumento poder que presenta en este acto el cual agrega a los autos a los fines que surta sus efectos legales. Se hace presente en este acto la abogada Damaris Josefina de Nobrega Brito . Inpreabogado No. 98.283, en su condición de Procuradora de Trabajadores del estado Anzoátegui, quien manifestó no tener poder del demandante. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 148° y 197°.
La Jueza
Abg. Sofia Acosta Salazar
La Secretaria
Abg. Elaine Quijada.
Apoderado Judicial Demandado: _______________________
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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