REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós de febrero de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO: BP02-L-2007-000245
PARTE ACTORA: ALFREDO VALLES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. 10.296.417.
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APODERADO DE LA PARTE ACTORA: DORIS ZABALETA, EDGAR TOVAR MAYZ y MANZUR ADONIS GONZÁLEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 31.452, 31.586 y 81.000, respectivamente.

PARTE DEMANDADA: ZARAMELLA & PAVAN CONSTRUCTION COMPANY, S. A, (Z&P), constituida originalmente por documento inserto en el Registro de Comercio llevado antes por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Segundo Circuito Judicial del Estado Zulia, con fecha 15 de marzo de 1.951, bajo el Nro. 10, folio 12.

APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: YACARY GUZMÁN LOZADA, GERARDO ANTONIO SOTO DIAZ, YARISMA LOZADA, SAYURI RODRÍGUEZ QUILARQUE y CARMEN LOZADA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 71.447, 72.731, 29.610, 86.704 y 86.984, respectivamente.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día de despacho de hoy, veintidós (22) de febrero de dos mil ocho (2008), siendo las 9:00 de la mañana día y hora fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia de juicio en la presente causa, seguida por el ciudadano ALFREDO VALLES, contra la empresa ZARAMELLA & PAVAN CONSTRUCTION COMPANY S.A., antes identificados. Se constituye de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, presidido por el Juez ANTONIO ROJAS HERNÁNDEZ, la secretaria Abog. ROMINA VACCA y el alguacil JOSÉ GUARAPANA, razón por la cual se abre la sesión y se da inicio a la Audiencia de Juicio. Posteriormente, el ciudadano Juez ordena a la secretaria informar el motivo de la presente audiencia y constatar la presencia de las partes. Seguidamente la Secretaria dio cuenta al ciudadano juez del objeto de la presente audiencia, de igual manera, deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante ni por sí ni por medio de apoderados; encontrándose presentes únicamente la representante judicial de la empresa accionada, abogada YARISMA LOZADA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 29.610. Se deja constancia que la presente audiencia de juicio fue reproducida a través de los medios audiovisuales, tal como lo prevé el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY, serial No. 440990, manipulada por el Técnico Audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción ciudadano EULISES ESCOBAR, titular de la cédula de identidad No. 10.295.320. Acto seguido el Tribunal, vista la incomparecencia de la parte actora al presente acto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDA LA ACCIÓN ejercida por el reclamante ALFREDO VALLES, contra la empresa ZARAMELLA & PAVAN, CONSTRUCTION COMPANY, S.A. partes éstas identificadas previamente; todo de conformidad con lo previsto en el primer aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de esta decisión. Siendo las 9:10 de la mañana se cierra este acto. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ.

ABG. ANTONIO ROJAS HERNÁNDEZ


LA APODERADA DE LA PARTE ACCIONADA

ABOG. YARISMA LOZADA


LA SECRETARIA


ABOG. ROMINA VACCA