REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental
Barcelona, diecisiete de julio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BP02-U-2005-000232
Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, recibió Recurso Contencioso Tributario Subsidiario, interpuesto por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) Civil, en fecha veintiuno (21) de noviembre de 2005, remitido por el ciudadano RAMON ANTONIO MIRT, actuando en su carácter de Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental, del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), según Providencia Nº 954 de fecha 18 de marzo de 2002, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.408, de fecha 20 de marzo de 2002, interpuesto por ante el Área de Correspondencia de la División de Tramitaciones de la Región Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), adscrito al Ministerio de Finanzas, en fecha 23 de diciembre de 2004, por la ciudadana REYINA JOSEFINA TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.243.136, domiciliada en la ciudad de Cumana, Estado Sucre, en su carácter de Director Gerente de la contribuyente MEZA-ESCORCHE C.A., Sociedad Mercantil domiciliada en la ciudad de Cumaná, Estado Sucre, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, bajo el Nº 11, Tomo Nº A-09, Folios 38 al 41, en fecha 18 de abril de 1991 e inscrita en el Registro de Información de Fiscal bajo el Nro. J-330803567-0, asistida por el abogado JESUS CARABALLO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.921.010, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 43.988, recibido por ante este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, en fecha 23 de noviembre de 2005, contra la Resolución de Imposición de Multa Nro. GRTI/RNO/DF/2004-0336 sin fecha, mediante la cual impone a la contribuyente multa por la cantidad de Bolívares UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 1.235.000,00), emanada de la División de Fiscalización de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), adscrito al Ministerio de Finanzas; este Tribunal Superior observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente, en sus artículos 259, 260, 261, 262, y 266; a saber: Se trata de un acto administrativo de efectos particulares, recurrible en la vía Jurisdiccional, impugnado por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad e interés de la recurrente; así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la recurrente; por tanto este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con los Artículos 26, 49 y 253 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela ADMITE el presente Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por la ciudadana REYINA JOSEFINA TORRES, actuando en su carácter de Director Gerente de la contribuyente MEZA-ESCORCHE C.A., contra la Resolución de Imposición de Multa Nro. GRTI/RNO/DF/2004-0336 sin fecha, emanada de la División de Fiscalización de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la región Nor-oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), adscrito al Ministerio de Finanzas; procédase a su tramitación y sustanciación, de conformidad con los Artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario, abriéndose la causa a pruebas a partir del primer (1er) día de despacho siguiente al de hoy, visto que no hubo oposición alguna por parte de la respectiva Administración Tributaria.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo de este Tribunal Superior. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo de este Tribunal Superior.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de le Región Oriental. Barcelona, a los 17 días del mes de julio de 2008. Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
El Juez Suplente Especial,
Dr. Jorge Luís Puentes Torres.
La ……..
Secretaria Acc.,
Abg. Rossana Carreño.
Nota: En esta misma fecha (17-07-2008), siendo las 03:25 p.m., se dictó y publicó la anterior decisión previa las formalidades de Ley. Conste.
La Secretaria Acc.,
Abg. Rossana Carreño.
JLPT/VC/gi
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