REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 7 de Julio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP01-P-2008-003007
Visto el escrito presentado por el Dr. ANGEL JOSÉ ROJAS, en su condición de Fiscal 20° del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual coloca a la orden de este Tribunal de Control N° 01, en calidad de detenido al ciudadano DAIRONIS DEL VALLE REYES VILLARROEL Y ALCIDES ANTONIO ROMERO SUNIAGA, quienes fueron capturados en las circunstancias de tiempo, modo y lugar a que se refiere las actuaciones, y solicito a este Tribunal de Control, la aplicación del procedimiento ordinario y Medidas Cautelar Sustitutiva de Libertad, prevista en el articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Y Oído como fueron los imputados en la Audiencia de Presentación celebrada a estos fines, en la sede de este Tribunal, y debidamente asistidos por su Defensor de Confianza, ABOGA. JUDITH MARTÍNEZ FERMIN; este Tribunal Primero de Control, antes de decidir lo solicitado por la Representación Fiscal, observa:
PRIMERO: Cursa al folio 03 al 04, ACTA POLICIAL, de fecha: 06-07-2.008, suscrita por el Inspector JUAN NOLASCO, quien entre otras cosas deja de manifiesto:…(04:30 p.m.) realizando labores de patrullaje en el Municipio Sotillo…específicamente en la calle principal de la Urbanización Guanire…aviste a dos ciudadanos parados en una esquina…trataron de evadir la comisión caminando apresuradamente…procedí a darle la voz de alto…se les solicito si portaban algún objeto o arma de fuego… los mismos no respondieron…se procedió a realizar la respectiva revisión corporal…encontrándole al primero identificado como DAIRONIS DEL VALLE REYES VILLARREAL Un ) 01) ARMA DE FUEGO, TIPO REVÓLVER, CALIBRE 38MM, MARCA SMITH WESSON, SERIAL 8D19485, COLOR NEGRO SERIAL TAMBOR 25965, CON CACHA DE MADERA CONTENTIVO EN SU INTERIOR DE TRES (03) BALAS Y DOS (02) VAINAS SERVIDAS DEL MISMO CALIBRE, se le encontró entre el pantalón a la altura de la cintura… y al SEGUNDO: ALCIDES ANTONIO SUNIAGA,…UN (01) ARMA DE FUEGO TIPO ESCOPETA RECORTADA, CALIBRE 44MM, MARCA MAJOLA, SIN SERIALES VISIBLES, COLOR PLATA CON CACHA DE MATERIAL SINTÉTICO DE COLOR NEGRO, CONTENTIVO EN SU INTERIOR DE Un (01) vaina servida del mismo calibre…se procedió a su aprehensión formal….Al folio 07, cursa CADENA DE CUSTODIA, donde se deja constancias sobre la evidencia recolectada”. A criterio de este Tribunal, son suficientes elementos, para hacer presumir la participación de los ciudadanos DAIRONIS DEL VALLE REYES VILLARROEL Y ALCIDES ANTONIO ROMERO SUNIAGA, en el delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal.
SEGUNDO: Por lo que este Tribunal considera que con las actuaciones ya analizadas, no encontrándose llenos el extremo exigido en el articulo 250 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, es por ello que se la aplicación de una MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD de conformidad con lo establecido en el articulo 256 ordinal 3, 4 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal consistentes en presentación por ante la oficina d e alguacilazgo cada OCHO (08) DÍAS, 2-) prohibición de ausentarse de la Jurisdicción del Tribunal y 3-) Prohibición de Portar cualquier tipo de arma de fuego garantizaría las resultas del proceso, a favor de los ciudadanos: DAIRONIS DEL VALLE REYES VILLARROEL Y ALCIDES ANTONIO ROMERO SUNIAGA: Se decreta el procedimiento a seguirse el Ordinario. CUARTO: Se ordena oficiar al Comandante General de la Policía del Estado Anzoátegui, participándole de lo aquí decidido. Y así se decide
D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, este Tribunal 3° de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el articulo 256 ordinal 3, 4 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano: DAIRONIS DEL VALLE REYES VILLARROEL, venezolano, cédula de identidad N° 17.410.623, natural de Barcelona-Anzoátegui, nacido en fecha 18-03-84, de 23 años de edad, de estado civil soltero, mecánico hijo de los ciudadanos: DELYS RAFAEL REYES ()V) y OMAYRA JOSEFINA VILLARROEL (V), domiciliado en URBANIZACION GUANIRE, BLOQUE 6, SECTOR “C”, APTO. 03, PUERTO LA CRUZ-ANZOÁTEGUI y, al ciudadano: ALCIDES ANTONIO ROMERO SUNIAGA, venezolano, cédula de identidad N° 15.035.269, natural de Caracas-Distrito Federal, nacido en fecha 26-11-79, de 28 años de edad, de estado civil soltero, mecánico hijo de los ciudadanos: ALCIDES ROMERO (V) y HILDA SUNIAGA (V), domiciliado en COLINAS DE VALLE VERDE, CALLE NUEVA, CASA N° 15, PUERTO LA CRUZ-ANZOÁTEGUI. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL N° 03 DE GUARDIA
DRA. GABRIELA SALAZAR.
SECRETARIO DE GUARDIA.,
ABOGA. CRUZ BASTARDO